Declaración de Principios
Declaración de compromiso frente al acoso sexual y por razón de sexo
Última actualización: 19 de agosto de 2025
Esta declaración aplica a todo el personal de LABORATORIOS LECHEMINDEFER, S.L. (en adelante, “Kimia Hogar”), así como a personas candidatas, personal en prácticas, proveedores, subcontratas y visitantes que interactúen en entornos físicos o digitales de la empresa.
1. Principios y compromisos
- Tolerancia cero frente a cualquier conducta de acoso sexual o por razón de sexo, incluida su manifestación en medios digitales.
- Respeto, igualdad y dignidad como ejes de la cultura corporativa y del liderazgo.
- Confidencialidad e imparcialidad en el tratamiento de todas las comunicaciones y denuncias.
- Protección frente a represalias para personas que informen de buena fe o colaboren en una investigación.
- Reparación y sanción proporcionadas a la gravedad de los hechos, con medidas cautelares cuando proceda.
- Cumplimiento normativo (LO 3/2007; RD 901/2020; RD 902/2020; Estatuto de las Personas Trabajadoras; y RGPD/LOPDGDD en materia de datos).
2. Definiciones
Acoso sexual
Conducta, verbal o no verbal, de naturaleza sexual, no deseada, que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de la persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo. Incluye comentarios, gestos, insinuaciones, contacto físico no consentido, envío de contenido sexual no solicitado o condicionamiento de empleo/beneficios.
Acoso por razón de sexo
Conducta, verbal o no verbal, basada en el sexo de la persona o estereotipos de género, con el propósito o efecto de atentar contra su dignidad, especialmente creando un entorno intimidatorio, humillante u ofensivo. Incluye bromas denigrantes, exclusiones, trato desigual, o exigencias basadas en roles de género.
3. Ámbito de aplicación
Este compromiso rige en todos los espacios de trabajo (centros, reuniones, viajes, eventos, teletrabajo), canales corporativos (email, mensajería, herramientas colaborativas) y en cualquier interacción relacionada con Kimia Hogar.
4. Prevención y sensibilización
- Disponemos de un Protocolo de Prevención y Actuación frente al acoso que desarrolla esta declaración.
- Formación periódica a todo el personal y específica a mandos y a la Comisión/Persona de Igualdad.
- Comunicación clara de conductas inadmisibles y canales de ayuda.
5. Canales de comunicación y denuncia
Kimia Hogar pone a disposición canales accesibles y confidenciales para comunicar incidencias, solicitar ayuda o denunciar hechos:
- Email confidencial: info@kimiahogar.com (asunto: “Confidencial – Protocolo de acoso”).
- WhatsApp/Atención: +34 654 55 33 13 · Tel.: +34 965 246 255
- Formulario web: kimiahogar.com/pages/contacto
Se permite la comunicación por parte de terceros testigos y el uso de canales internos de cumplimiento que la empresa pueda habilitar. La empresa no tolerará represalias de ningún tipo.
6. Procedimiento básico de actuación
- Acuse de recibo en un máximo de 3 días hábiles desde la comunicación.
- Evaluación preliminar y, si procede, adopción de medidas cautelares (p. ej., cambios temporales de turnos/espacios, separación de partes, canales de apoyo).
- Investigación confidencial por persona/comisión designada, con audiencia de todas las partes y respeto del derecho de defensa. Objetivo de cierre en 30 días hábiles (prorrogable por causa justificada).
- Resolución y medidas de reparación y, cuando proceda, medidas disciplinarias conforme al régimen interno y la legislación laboral.
- Seguimiento para verificar la eficacia de las medidas y evitar reiteración.
7. Apoyo a las personas afectadas
- Atención confidencial y trato respetuoso en todo momento.
- Información sobre recursos internos y externos de apoyo psicológico y jurídico.
- Facilitación de ajustes razonables y medidas organizativas para su protección.
8. Medidas disciplinarias y contractuales
Las conductas acreditadas podrán dar lugar a medidas disciplinarias proporcionadas a su gravedad, de acuerdo con el régimen laboral aplicable y la normativa interna. En el caso de proveedores o terceras partes, podrá acordarse la suspensión o resolución de la relación contractual.
9. Protección de datos y confidencialidad
El tratamiento de datos personales en el marco de este protocolo se rige por el RGPD y la LOPDGDD. La información se tratará con estricta confidencialidad, se limitará a lo necesario para tramitar la denuncia y se conservará durante el tiempo imprescindible y los plazos legales aplicables. Las personas intervinientes guardarán deber de sigilo.
10. Seguimiento, evaluación y mejora
- Revisión anual de esta declaración y del Protocolo asociado, o tras cambios relevantes.
- Indicadores de seguimiento: número de comunicaciones, tiempos de respuesta, medidas adoptadas y acciones de prevención (datos agregados y anonimizados).
11. Vigencia y firma
Firmado en Alicante a .
Jeremías Pérez Fuentes
Gerente de LABORATORIOS LECHEMINDEFER, S.L.
Representación legal de las personas trabajadoras
(en su caso)